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| Se encarga
básicamente de:
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Organizar, vigilar y desarrollar
en las escuelas oficiales, incorporadas o reconocidas:
la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y
normal, urbana, semiurbana y rural; la enseñanza
que se imparta en las escuelas, a que se refiere la fracción
XII del Artículo 123 Constitucional; la enseñanza
técnica, industrial, comercial y de artes y oficios,
incluida la educación que se imparta a los adultos;
y la enseñanza agrícola; superior y profesional;
deportiva y militar, y la cultura física en general. |
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Organizar y desarrollar la educación
artística que se imparta en las escuelas e institutos
oficiales, incorporados o reconocidos; crear y mantener,
en su caso, escuelas de todas clases; vigilar que se observen
y cumplan las disposiciones relacionadas con la educación
preescolar, primaria, secundaria, técnica y normal,
establecidas en la Constitución y prescribir las
normas a que debe ajustarse la incorporación de
las escuelas particulares al sistema educativo nacional;
ejercer la supervisión y vigilancia que proceda
en los planteles que impartan educación. |
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Organizar, administrar y enriquecer sistemáticamente
las bibliotecas generales o especializadas; promover la
creación de institutos de investigación
científica y técnica, y el establecimiento
de laboratorios, observatorios, planetarios y demás
centros que requiera el desarrollo de la educación
primaria, secundaria, normal, técnica y superior;
orientar el desarrollo de la investigación científica
y tecnológica; organizar, controlar y mantener
al corriente el registro de la propiedad literaria y artística. |
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Mantener al corriente el escalafón
del magisterio y el seguro del maestro, y crear un sistema
de compensaciones y estímulos para el profesorado. |
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Otorgar becas para que los estudiantes
de nacionalidad mexicana puedan realizar investigaciones
o completar ciclos de estudios en el extranjero; estimular
el desarrollo del teatro y organizar concursos para autores,
actores y escenógrafos y en general promover su
mejoramiento; revalidar estudios y títulos, y conceder
autorización para el ejercicio de las capacidades
que acrediten; vigilar el correcto ejercicio de las profesiones;
organizar misiones culturales. |
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Formular el catálogo del patrimonio
histórico nacional; formular y manejar el catálogo
de los monumentos nacionales; organizar, sostener y administrar
museos históricos, arqueológicos y artísticos,
pinacotecas y galerías, a efecto de cuidar la integridad,
mantenimiento y conservación de tesoros históricos
y artísticos del patrimonio cultural; conservar,
proteger y mantener los monumentos arqueológicos,
históricos y artísticos que conforman el
patrimonio cultural de la Nación. |
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Determinar y organizar la participación
oficial del país en competencias deportivas internacionales;
cooperar en las tareas que desempeñe la Confederación
Deportiva y mantener la Escuela de Educación Física;
formular normas y programas, y ejecutar acciones para
promover la educación física y el deporte
para todos, estudiantil y el selectivo; promover y organizar
la formación y capacitación de instructores,
entrenadores, profesores y licenciados en especialidades
de cultura física y deporte; fomentar los estudios
de posgrado y la investigación de las ciencias
del deporte; así como la creación de esquemas
de financiamiento al deporte; |
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Establecer los criterios educativos y culturales
en la producción cinematográfica, de radio
y televisión y en la industria editorial; organizar
y promover acciones tendientes al pleno desarrollo de
la juventud y a su incorporación a las tareas nacionales,
estableciendo para ello sistemas de servicio social, centro
de estudio, programas de recreación y de atención
a los problemas de los jóvenes. Crear y organizar
a este fin sistemas de enseñanza especial para
niños, adolescentes y jóvenes que lo requieran,
y promover la producción cinematográfica,
de radio y televisión y de la industria editorial
cuando se trate de cuestiones educativas. |
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